Portal
de Publicaciones Periódicas, Científicas y Tecnológicas
El 19 de diciembre de 2002, se inauguró el Portal que da acceso
por internet a los textos completos de artículos de publicaciones
periódicas, científicas y tecnológicas nacionales
e internacionales en las diversas áreas del conocimiento, como
así también a bases de datos referenciales, resúmenes
de documentos y otras informaciones bibliográficas de interés
para el sistema de Ciencia y Tecnología.
El
uso del Portal es libre y gratuito. El acceso debe hacerse a partir
de cualquier terminal conectada a internet a través de las instituciones
participantes: CONICET, CNEA, INTA, INTI y Universidades Nacionales.
El
Sistema de Bibliotecas y de Información de la Universidad de
Buenos Aires, SISBI, como nodo coordinador de dichas bibliotecas, ofrece
esta "guía visual para acceder a las
revistas electrónicas" del portal, la que se irá
actualizando en la medida que corresponda.
A
los efectos de optimizar el uso de los recursos disponibles en el Portal,
se han realizado "Jornadas de Capacitación", y la documentación
emanada de las mismas estan disponibles aquí.
Reglamento
del Portal “Biblioteca Electrónica de Ciencia y Tecnología
de la República Argentina”
Normas
para el uso de los servicios ofrecidos a través del Portal
Borrador
1.-
Uso apropiado de la información electrónica
1.1.-
El uso apropiado de las publicaciones o informaciones electrónicas
está definido en el ámbito de estas Normas como la práctica
socialmente aceptada y legalmente permitida del libre uso de la información
sobre la propiedad intelectual o industrial para fines de educación,
enseñanza, investigación y avance del conocimiento científico
y tecnológico. En este sentido, queda garantizado, por un lado,
el libre flujo de la información en el proceso de comunicación
académica y por otro lado, el respeto a los derechos de autor
y a los términos de contrato celebrados por SECTIP con los proveedores
de las publicaciones electrónicas disponibles en el Portal.
2.-
Usuarios autorizados
2.1
Son usuarios autorizados para el acceso al Portal en las instituciones
participantes de este programa, exclusivamente:
2.1.1.
Investigadores, profesores y auxiliares docentes con dedicación
a la investigación, permanentes, temporarios y visitantes
2.1.2 Becarios y personal de apoyo a la investigación
2.1.3 Estudiantes de grado y de posgrado
2.1.4 Funcionarios autorizados
2.2.
El acceso al Portal es gratuito, restringido a los usuarios autorizados
y permitido exclusivamente a través de las estaciones de trabajo
instaladas en las dependencias de las instituciones y en los locales
de uso propio a la misma.
3.
Condiciones de uso del portal
3.1
SECTIP detallará en el Portal las condiciones de uso de las publicaciones
electrónicas disponibles, garantizando así que todos los
usuarios autorizados tengan acceso a esta información; las que
se consideran aceptadas por el propio uso de los servicios suministrados.
3.2
Las instituciones se comprometen a distribuir a sus unidades, facultades,
institutos, departamentos y cualquier otro órgano que ofrezca
estaciones de trabajo con acceso al Portal, el texto completo de estas
Normas para fines de divulgación en sus respectivas instalaciones.
3.3
Los usuarios autorizados tienen derecho a visualizar los contenidos
sin ninguna restricción, a almacenarlos digitalmente, a imprimirlos
y a copiar ítems de publicaciones disponibles en el Portal para
uso individual y en sus actividades de enseñanza e investigación.
3.4
Las instituciones podrán incluir copias impresas o digitales
de ítems de publicaciones en los paquetes de materiales preparados
para la utilización en los cursos específicos por ellas
ofrecidos, distribuyendo las copias en formato digital al final del
semestre o del año lectivo en que los cursos fueron dictados.
3.5
Un ítem de publicación es aquí entendido como un
artículo individual, un capítulo u otra parte de cualquier
documento, no siendo permitida la copia, la impresión o el almacenamiento
digital del texto completo e integral de cualquier publicación
o de fascículos completos de publicaciones periódicas.
4.
Servicio de intercambio entre bibliotecas
4.1.
Además de las condiciones constantes en los ítems 3.5,
3.6 y 3.7 ya mencionados, son aplicables al servicio de intercambio
entre bibliotecas ofrecidos por las instituciones, las normas relacionadas
que se siguen a continuación.
4.2
Las instituciones podrán copiar ítems para atender solicitudes
de intercambio entre bibliotecas, siempre y cuando sea permitido por
las leyes de derecho de autor aplicables.
4.3
Los documentos solamente podrán ser proporcionados en forma impresa,
como fotocopia o transmitidos por fax.
4.4
Las instituciones podrán cobrar al solicitante solamente los
costos referentes a la reproducción del ítem y su envío
por correo o transmisión de fax.
4.5
Solamente podrán ser atendidas solicitudes provenientes de instituciones
de enseñanza e investigación sin fines de lucro.
4.6
Las instituciones no podrán anunciar o divulgar la posibilidad
de suministrar copias de documentos disponibles en el Portal.
4.7
Además de las condiciones anteriores, los proveedores podrán
exigir condiciones adicionales, las que serán comunicadas en
el propio Portal.
5.
Medidas de seguridad en el uso del Portal
5.1
Las instituciones se comprometen a tomar las medidas razonables que
estén a su alcance para garantizar la seguridad del Portal, previniendo
su uso indebido o ilegal en el ámbito de sus instalaciones.
5.2
Las instituciones deberán mantener actualizados el número
y la localización de las estaciones de trabajo con acceso al
Portal, ya que el acceso se otorga por autentificación de dominio
de IP que se encuentren bajo responsabilidad de las instituciones.
5.3
En el caso de uso indebido o ilegal de las publicaciones, informaciones
o software disponibles en el Portal por parte de un usuario autorizado,
las instituciones no podrán ser responsabilizadas legalmente,
siempre que no hayan ayudado intencionalmente o incentivado tal violación,
o no hayan tomado conocimiento acerca de esta práctica.
5.4
Las instituciones asumen el compromiso de colaborar con SECTIP y con
los proveedores de las publicaciones, tomando todas las medidas a su
alcance que fueran apropiadas para interrumpir cualquier violación
de seguridad e impedir su reincidencia, tan pronto tengan conocimiento
o fueran notificadas por SECTIP o por los proveedores sobre la eventualidad
de prácticas abusivas e ilegales.
5.5
Las instituciones comunicarán inmediatamente a SECTIP sobre cualquier
violación de derechos de autor y cualquier uso no autorizado
o indebido, en forma impresa o digital, desde el momento en que hayan
tomado conocimiento.
6.
Reconocimiento a SECTIP
6.1
Las instituciones se comprometen a citar en todo trabajo en que se haya
hecho uso de los contenidos del Portal para su realización, y
que se divulgue en los medios nacionales, la asistencia recibida de
la SECTIP en el acceso a la información científica y técnica,
incluyendo los enlaces al Portal desde otros sitios de Internet, así
como también, todo material para divulgación y en todas
las presentaciones orales en que fueran mencionados los servicios disponibles
en el Portal.
7.
Modificaciones
7.1
Esas Normas podrán ser modificadas en cualquier momento, considerando
las disposiciones de renovación de los contratos, de las condiciones
de nuevos contratos y de situaciones que puedan surgir en función
del desarrollo de los servicios ofrecidos en el Portal.
7.2 Las
modificaciones serán comunicadas a las instituciones por escrito
y divulgadas en el Portal, luego de haber sido aprobadas por los responsables
designados por la SECTIP.
Secretaría
de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva - SeCyT
Ultima
actualización: 14/03/03