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Portal de Publicaciones Periódicas, Científicas y Tecnológicas

El 19 de diciembre de 2002, se inauguró el Portal que da acceso por internet a los textos completos de artículos de publicaciones periódicas, científicas y tecnológicas nacionales e internacionales en las diversas áreas del conocimiento, como así también a bases de datos referenciales, resúmenes de documentos y otras informaciones bibliográficas de interés para el sistema de Ciencia y Tecnología.
El uso del Portal es libre y gratuito. El acceso debe hacerse a partir de cualquier terminal conectada a internet a través de las instituciones participantes: CONICET, CNEA, INTA, INTI y Universidades Nacionales.
El Sistema de Bibliotecas y de Información de la Universidad de Buenos Aires, SISBI, como nodo coordinador de dichas bibliotecas, ofrece esta "guía visual para acceder a las revistas electrónicas" del portal, la que se irá actualizando en la medida que corresponda.
A los efectos de optimizar el uso de los recursos disponibles en el Portal, se han realizado "Jornadas de Capacitación", y la documentación emanada de las mismas estan disponibles aquí.

Reglamento del Portal “Biblioteca Electrónica de Ciencia y Tecnología de la República Argentina”

Normas para el uso de los servicios ofrecidos a través del Portal
Borrador

1.- Uso apropiado de la información electrónica

1.1.- El uso apropiado de las publicaciones o informaciones electrónicas está definido en el ámbito de estas Normas como la práctica socialmente aceptada y legalmente permitida del libre uso de la información sobre la propiedad intelectual o industrial para fines de educación, enseñanza, investigación y avance del conocimiento científico y tecnológico. En este sentido, queda garantizado, por un lado, el libre flujo de la información en el proceso de comunicación académica y por otro lado, el respeto a los derechos de autor y a los términos de contrato celebrados por SECTIP con los proveedores de las publicaciones electrónicas disponibles en el Portal.
2.- Usuarios autorizados
2.1 Son usuarios autorizados para el acceso al Portal en las instituciones participantes de este programa, exclusivamente:
2.1.1. Investigadores, profesores y auxiliares docentes con dedicación a la investigación, permanentes, temporarios y visitantes
2.1.2 Becarios y personal de apoyo a la investigación
2.1.3 Estudiantes de grado y de posgrado
2.1.4 Funcionarios autorizados
2.2. El acceso al Portal es gratuito, restringido a los usuarios autorizados y permitido exclusivamente a través de las estaciones de trabajo instaladas en las dependencias de las instituciones y en los locales de uso propio a la misma.
3. Condiciones de uso del portal
3.1 SECTIP detallará en el Portal las condiciones de uso de las publicaciones electrónicas disponibles, garantizando así que todos los usuarios autorizados tengan acceso a esta información; las que se consideran aceptadas por el propio uso de los servicios suministrados.
3.2 Las instituciones se comprometen a distribuir a sus unidades, facultades, institutos, departamentos y cualquier otro órgano que ofrezca estaciones de trabajo con acceso al Portal, el texto completo de estas Normas para fines de divulgación en sus respectivas instalaciones.
3.3 Los usuarios autorizados tienen derecho a visualizar los contenidos sin ninguna restricción, a almacenarlos digitalmente, a imprimirlos y a copiar ítems de publicaciones disponibles en el Portal para uso individual y en sus actividades de enseñanza e investigación.
3.4 Las instituciones podrán incluir copias impresas o digitales de ítems de publicaciones en los paquetes de materiales preparados para la utilización en los cursos específicos por ellas ofrecidos, distribuyendo las copias en formato digital al final del semestre o del año lectivo en que los cursos fueron dictados.
3.5 Un ítem de publicación es aquí entendido como un artículo individual, un capítulo u otra parte de cualquier documento, no siendo permitida la copia, la impresión o el almacenamiento digital del texto completo e integral de cualquier publicación o de fascículos completos de publicaciones periódicas.
4. Servicio de intercambio entre bibliotecas
4.1. Además de las condiciones constantes en los ítems 3.5, 3.6 y 3.7 ya mencionados, son aplicables al servicio de intercambio entre bibliotecas ofrecidos por las instituciones, las normas relacionadas que se siguen a continuación.
4.2 Las instituciones podrán copiar ítems para atender solicitudes de intercambio entre bibliotecas, siempre y cuando sea permitido por las leyes de derecho de autor aplicables.
4.3 Los documentos solamente podrán ser proporcionados en forma impresa, como fotocopia o transmitidos por fax.
4.4 Las instituciones podrán cobrar al solicitante solamente los costos referentes a la reproducción del ítem y su envío por correo o transmisión de fax.
4.5 Solamente podrán ser atendidas solicitudes provenientes de instituciones de enseñanza e investigación sin fines de lucro.
4.6 Las instituciones no podrán anunciar o divulgar la posibilidad de suministrar copias de documentos disponibles en el Portal.
4.7 Además de las condiciones anteriores, los proveedores podrán exigir condiciones adicionales, las que serán comunicadas en el propio Portal.
5. Medidas de seguridad en el uso del Portal
5.1 Las instituciones se comprometen a tomar las medidas razonables que estén a su alcance para garantizar la seguridad del Portal, previniendo su uso indebido o ilegal en el ámbito de sus instalaciones.
5.2 Las instituciones deberán mantener actualizados el número y la localización de las estaciones de trabajo con acceso al Portal, ya que el acceso se otorga por autentificación de dominio de IP que se encuentren bajo responsabilidad de las instituciones.
5.3 En el caso de uso indebido o ilegal de las publicaciones, informaciones o software disponibles en el Portal por parte de un usuario autorizado, las instituciones no podrán ser responsabilizadas legalmente, siempre que no hayan ayudado intencionalmente o incentivado tal violación, o no hayan tomado conocimiento acerca de esta práctica.
5.4 Las instituciones asumen el compromiso de colaborar con SECTIP y con los proveedores de las publicaciones, tomando todas las medidas a su alcance que fueran apropiadas para interrumpir cualquier violación de seguridad e impedir su reincidencia, tan pronto tengan conocimiento o fueran notificadas por SECTIP o por los proveedores sobre la eventualidad de prácticas abusivas e ilegales.
5.5 Las instituciones comunicarán inmediatamente a SECTIP sobre cualquier violación de derechos de autor y cualquier uso no autorizado o indebido, en forma impresa o digital, desde el momento en que hayan tomado conocimiento.
6. Reconocimiento a SECTIP
6.1 Las instituciones se comprometen a citar en todo trabajo en que se haya hecho uso de los contenidos del Portal para su realización, y que se divulgue en los medios nacionales, la asistencia recibida de la SECTIP en el acceso a la información científica y técnica, incluyendo los enlaces al Portal desde otros sitios de Internet, así como también, todo material para divulgación y en todas las presentaciones orales en que fueran mencionados los servicios disponibles en el Portal.
7. Modificaciones
7.1 Esas Normas podrán ser modificadas en cualquier momento, considerando las disposiciones de renovación de los contratos, de las condiciones de nuevos contratos y de situaciones que puedan surgir en función del desarrollo de los servicios ofrecidos en el Portal.

7.2 Las modificaciones serán comunicadas a las instituciones por escrito y divulgadas en el Portal, luego de haber sido aprobadas por los responsables designados por la SECTIP.

Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva - SeCyT

 

Ultima actualización: 14/03/03